• La submedida 4.2 entra en vigor a partir de octubre. La Agencia de Financiación de Inversiones Rurales (AFIR) anunció el lanzamiento, entre el 8 de octubre de 2021 y el 7 de enero de 2022, de la primera sesión de 2021 para la presentación de solicitudes de financiación de la Submedida 4.2 "Apoyo a las inversiones en la transformación/comercialización de productos agrícolas productos”, a través del Programa Plan Nacional de Desarrollo Rural 2014 – 2020 (PNDR 2020).
Submedida 4.2: fondos disponibles de 182.777.722 euros
Los fondos disponibles son 182.777.722 euros, divididos en dos componentes:
– Apoyo a las inversiones de modernización en la transformación/comercialización de productos agrícolas – 143.611.067 euros;
– Apoyo a nuevas inversiones, ampliación y modernización en la transformación/comercialización de productos agrícolas para plantas proteicas – 39.166.655 euros
¿Quiénes son los solicitantes elegibles?
Los solicitantes elegibles son empresas, cooperativas, grupos de productores y organizaciones que realicen inversiones tangibles e intangibles para el procesamiento y comercialización de productos agrícolas.
El tipo de ayuda pública no reembolsable será del 50% del total de los gastos subvencionables para las PYMES y formas asociativas, y del 40% para el resto de empresas y no superará el umbral de valor que se menciona a continuación, según el tipo de empresa:
• para micro y pequeñas empresas:
800.000 euros/proyecto para las nuevas inversiones permitidas en el formulario
600.000 euros/proyecto para el resto de inversiones;
• para medianas empresas:
1.200.000 euros/proyecto para las nuevas inversiones permitidas en el formulario
1.000.000 euros/proyecto para el resto de inversiones
• para otras empresas y formas asociativas:
1.500.000 euros para las nuevas inversiones permitidas según el modelo
1.200.000 euros para otras inversiones
La panadería sigue esperando.
A través de la Submedida 4.2, sólo se financia la transformación primaria de los cereales (almacenamiento y su transformación), la panadería será objeto de un régimen de ayudas estatales que se desarrollará tras la aprobación del Programa Estratégico Nacional (PNS) por parte de la Comisión Europea. afirma un comunicado de prensa de ROMPAN.
Actividades elegibles a través de la Submedida 4.2
A través de las actividades elegibles bajo la Submedida 4.2, se puede obtener financiación europea para inversiones en la recogida de materias primas, almacenamiento de materias primas o productos terminados, su comercialización (por ejemplo: etiquetado, embalaje), así como inversiones para la comercialización de productos. sólo como un componente secundario del proyecto. También es posible financiar la ampliación y modernización de las redes locales de recogida, recepción, almacenamiento, acondicionamiento, clasificación y envasado, capacidades de comercialización (componente secundario), así como la mejora del control interno de calidad y el cumplimiento de las nuevas normas impuestas por Legislación europea para la transformación y comercialización de productos agroalimentarios.
La submedida 4.2 financia la producción y el uso de energía procedente de fuentes renovables
También son elegibles bajo la Submedida 4.2 la producción y el uso de energía procedente de fuentes renovables (solar, eólica, recuperación de energía de biomasa, geotérmica), energía producida con la ayuda de bombas de calor, dentro de la unidad donde se lleva a cabo una actividad financiada por la Submedida 4.2. exclusivamente para consumo propio, sólo como componente secundario del proyecto. Más información sobre www. afir.info – Guía del Solicitante y anexos relacionados.

