El Gobierno adoptó la ordenanza que prohíbe la comercialización de determinados productos de plástico de un solo uso, pero aún se esperan las normas de aplicación
A propuesta del Ministerio de Medio Ambiente, Agua y Bosques, el Ejecutivo aprobó la semana pasada la Ordenanza que prohíbe la comercialización de determinados productos plásticos de un solo uso. El ministro de Medio Ambiente, Tanczos Barna, afirmó que las reglas de aplicación se harán, con reglas para los productores. Dice que no se puede estimar la cantidad de productos plásticos que se retirarán del mercado. Sin embargo, menciona que las existencias se irán agotando paulatinamente y estos productos serán reemplazados por aquellos elaborados con materiales biodegradables. Barna también señaló que las tiendas pueden quedarse sin stock. Pero ya no pueden sacar al mercado nuevas cantidades de productos de plástico de un solo uso.
Hasta fin de existencias
"La directiva sobre plásticos de un solo uso se transpuso a la legislación mediante una Ordenanza que también introduce en Rumanía la obligación de reducir el plástico procedente de la naturaleza", declaró el Ministro de Medio Ambiente. Manifestó que las reglas de aplicación se van a hacer, con reglas para los fabricantes. Preguntado sobre qué harán los operadores económicos que todavía tienen estos productos en stock, el ministro de Medio Ambiente respondió que pueden agotar sus existencias, pero ya no pueden poner nuevas cantidades en el mercado, sino que deben sustituirlas progresivamente por productos biodegradables. "Las existencias pueden agotarse y ya no se pueden comercializar nuevas cantidades. Ninguna cantidad nueva puede salir de las fábricas de Rumanía y no puede importarse. Las existencias que hay hoy en el mercado se irán agotando y poco a poco serán sustituidas por productos ecológicos", afirma Barna Tanczos. Ver el texto aquí ORDENANZA
Los productos de plástico de un solo uso pueden venderse en mercados extracomunitarios
La Orden regula la comercialización de estos productos y no se refiere a la producción de productos de plástico de un solo uso. Esto seguirá estando permitido si los productos se utilizarán en mercados fuera de la Unión Europea.
Lista de productos de plástico prohibidos por la Ordenanza
A partir de la entrada en vigor de la ordenanza de emergencia, queda prohibida la comercialización de los siguientes productos de plástico de un solo uso y de los siguientes productos fabricados con materiales plásticos oxodegradables:
• Palillos para los oídos
• Cubiertos: tenedores, cuchillos, cucharas, palillos.
• Platos
• Pajitas de beber
• Agitadores de bebidas
• Palos que sujetan o sostienen globos, excepto globos para usos y aplicaciones industriales u otros usos profesionales, no distribuidos a los consumidores, incluidos los mecanismos de dichos palos.
• Recipientes para alimentos, hechos de poliestireno expandido, como latas con o sin tapa, utilizados para contener productos alimenticios que:
a) estén destinados al consumo inmediato, ya sea in situ o envasados;
(b) normalmente se consumen del envase;
(c) están listos para el consumo sin requerir preparación adicional como cocción, hervido o calentamiento, incluidos los recipientes de alimentos utilizados para menús de comida rápida u otros menús listos para comer, excepto recipientes de bebidas, platos, paquetes y películas de material flexible que contengan productos alimenticios
• Recipientes para bebidas fabricados en poliestireno expandido, incluidos sus tapones y tapas.
• Vasos para bebidas fabricados en poliestireno expandido, incluidas sus tapas.
Las excepciones son los siguientes productos de plástico que se utilizan en el campo médico: bastoncillos para los oídos, agitadores de bebidas, pajitas de plástico desechables; Varillas de plástico de un solo uso utilizadas con fines forenses o científicos (diagnóstico, educativo o de investigación).
Reducción progresiva de cantidades de vasos y cajas de plástico
Según la ordenanza de emergencia, para determinados productos de plástico de un solo uso, los operadores económicos que los introduzcan en el mercado nacional están obligados a reducir progresivamente las cantidades de la siguiente manera: 5% para 2023, 10% para 2024, 15% para 2025 y 20%. para el año 2026, en comparación con el año 2022.
Lista de productos sujetos a descuento:
• Vasos para beber, incluidas sus tapas.
• Recipientes para alimentos, como latas con o sin tapa, utilizados para contener alimentos que:
a) estén destinados al consumo inmediato, ya sea in situ o envasados;
b) suelen consumirse del envase;
c) están listos para el consumo sin requerir preparación adicional como cocción, hervido o calentamiento, incluidos los envases de alimentos utilizados para menús de comida rápida u otros menús listos para el consumo inmediato, excluyendo envases de bebidas, platos, paquetes y láminas de material flexible que contengan productos alimenticios.
Nuevas reglas para gorras, gorras y PET
Asimismo, según el acto normativo, a partir del 03 de julio de 2024, los productos plásticos de un solo uso cuyos tapones y tapas sean de plástico podrán comercializarse únicamente si los tapones y tapas permanecen adheridos a los envases durante el uso previsto del productos.
Se trata de recipientes para bebidas con una capacidad de hasta tres litros, en concreto recipientes para contener líquidos, como por ejemplo botellas de bebidas, incluidos sus tapones y tapas, así como envases compuestos para bebidas, incluidos sus tapones y tapas.
Esta categoría no incluye recipientes de vidrio o metal con tapones y tapas de plástico ni recipientes de bebidas destinados y utilizados para alimentos destinados a fines médicos especiales.
¿Qué estará escrito en los vasos de plástico?
En la fecha de entrada en vigor de la Orden, determinados productos de plástico de un solo uso comercializados deberán llevar un marcado claro y legible. Y eso no se puede borrar. Debe colocarse sobre su embalaje o directamente sobre el producto. E informará a los consumidores sobre las opciones de gestión de residuos del producto o los medios de eliminación de residuos que se deben evitar para ese producto. También deberá declararse la presencia de materias plásticas en la composición del producto. Y el impacto negativo sobre el medio ambiente resultante de desechar el producto u otros medios inadecuados de eliminación del producto.
Productos que entran en esta categoría:
• Absorbentes, toallas sanitarias y aplicadores de toallas sanitarias
• Toallitas húmedas, en concreto toallitas domésticas y de cuidado personal prehumedecidas
• Productos de tabaco con filtros y filtros comercializados para su uso en combinación con productos de tabaco.
• Vasos para bebidas.
Dos meses de retraso
La Directiva europea (2019/904) sobre la limitación del impacto de algunos productos plásticos en el medio ambiente entró en vigor el 3 de julio de 2021. El acto normativo debía transponerse a la legislación de los países de la UE antes de esta fecha. En Rumanía, la directiva se transpuso con casi dos meses de retraso.
Una solución para sustituir los envases de plástico son los envases BIO. Leer aquí Envases BIO, el futuro en panadería, pastelería, repostería

