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La ley que limita el contenido de ácidos trans en los alimentos entra en vigor a partir del 1 de abril

ROMPAN recuerda a todos sus socios que,REGLAMENTO (UE) 20191649 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2019 por el que se modifica el anexo III del Reglamento (CE) núm. 192512006 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre ácidos grasos trans, distintos de los ácidos grasos trans que se encuentran naturalmente en las grasas de origen animal, entró en vigor en 2019. Según lo dispuesto en este reglamento, el artículo 4 establece que los productos alimenticios que no cumplan con este reglamento podrán continuar comercializándose hasta el 1 de abril de 2021. Le recomendamos que se asegure de cumplir íntegramente con lo establecido en este reglamento el 1 de abril de 2021.". ROMPAN también adjunta a la nota de prensa REGLAMENTO (UE) 20191649 de la COMISIÓN de 24 de abril de 2019 por el que se modifica el Anexo III del Reglamento (CE) núm. 192512006 del Parlamento Europeo y del Consejo.

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Los productos alimenticios que no cumplan las normas ya no podrán comercializarse

Los productos alimenticios que no cumplan las normas ya no podrán comercializarse después del 1 de abril de 2021. Así lo prevé también la ley aprobada el año pasado y la directiva europea al respecto. Prácticamente, a partir del 1 de abril de 2021, cambian las normas relativas a los ácidos grasos transinsaturados en la composición de los alimentos. Su cantidad en el producto acabado deberá ser como máximo de 2 gramos por cada cien gramos de producto.
La ley iniciada hace tres años, y promulgada el año pasado en agosto, muestra que la categoría de alimentos en los que los ácidos trans estaban presentes en una proporción del 40-50% incluye productos como palomitas de maíz para microondas, pastas para untar, galletas, pasteles preenvasados, margarina. productos preparados térmicamente para freír, sopas en sobres, salsas, cereales envasados, barquillos o patatas fritas. Las nuevas normas se aplican a todos los productos alimenticios destinados al consumidor final, incluidos los de terceros países y otros estados miembros de la UE.

Multas entre 10.000 y 30.000 lei

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la nueva ley los productos alimenticios que contienen de forma natural ácidos grasos trans presentes en las grasas animales, como la carne o los productos lácteos procedentes de la leche de vaca, oveja o cabra, donde los ácidos grasos representan entre el 0,3% y el 0,8% del total diario. consumo de energía.

Los productores que no cumplan la ley se arriesgan a recibir multas de entre 10.000 y 30.000 lei. Y los productos serán retirados del mercado.

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