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Se publica en el Boletín Oficial el procedimiento de aplicación del régimen de ayudas estatales para HoReCa

  • Subvenciones por valor del 20% de las pérdidas sufridas durante la pandemia
  • Mediante la ejecución del plan, se estima que se concederán ayudas estatales a un número máximo de 74.000 beneficiarios
  • El programa HoReCa estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021 y los pagos de las ayudas se realizarán a más tardar el 30 de junio de 2022, dentro de los límites de los créditos presupuestarios.

En el Diario Oficial núm. 594 de 14 de junio de 2021, Orden núm. 991/2021 del Ministro de Economía, Emprendimiento y Turismo para la aprobación del Procedimiento para la implementación del régimen de ayudas estatales previsto por la Ordenanza Gubernamental de Emergencia n. 224/2020 sobre algunas medidas para la prestación de apoyo financiero a empresas del ámbito del turismo, la restauración pública y la organización de eventos, cuya actividad se haya visto afectada en el contexto de la pandemia de COVID-19.

A través de este Programa se conceden subvenciones por un importe máximo del 20% de la base de cálculo, resultante de las actividades relacionadas con códigos CAEN específicos, en 2020 respecto a 2019.

El régimen de ayudas estatales para HORECA se aplica en las ocho regiones de desarrollo

El procedimiento - previsto en el Anexo de la Orden 991/2021 de la MEAT, publicada en el Boletín Oficial núm. 594Bis del 14 de junio de 2021 – detalla la implementación del esquema (el documento se puede encontrar  AQUÍ).
La concesión de ayudas estatales se realizará únicamente de conformidad con los criterios en materia de ayudas estatales previstos en el Marco Temporal para medidas de ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto de la pandemia de COVID-19 con modificaciones y adiciones posteriores. El plan se aplica en toda Rumania, en las ocho regiones de desarrollo.

Cuándo y cómo se realizan los pagos

El presupuesto del plan se estima en 500 millones de euros, equivalente en lei. El presupuesto asignado para el ejercicio presupuestario 2021 asciende a 2,5 millones de lei en créditos de compromiso. El régimen se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, debiendo realizarse el pago de los importes correspondientes a más tardar el 30 de junio de 2022, dentro de los límites de los créditos presupuestarios. Si el valor total de las solicitudes de financiación aprobadas supera el valor del compromiso o de los créditos presupuestarios destinados a tal efecto, el compromiso, respectivamente el pago al beneficiario, se realizará proporcionalmente, relacionando el importe aprobado para cada beneficiario con el importe total. de las solicitudes de financiación aprobadas.

Mediante la ejecución del plan, se estima que se concederán ayudas estatales a un número máximo de 74.000 beneficiarios

¿Quiénes son los beneficiarios?

"Los beneficiarios de las ayudas estatales son: estructuras de recepción de turistas con funciones de alojamiento clasificadas, estructuras de restauración registradas a efectos fiscales en el territorio de Rumanía, agencias de viajes autorizadas, guías turísticos certificados y organizadores de eventos que operan en el territorio de Rumanía y que reciben ayudas estatales. , según este esquema, propiedad de u organizadas como empresas establecidas sobre la base de la Ley de Sociedades núm. 31/1990, republicada, con posteriores modificaciones y adiciones, de la Ley núm. 1/2005 sobre organización y funcionamiento de la cooperación, republicado, con modificaciones posteriores, del GEO núm. 6/2011 para el estímulo de la creación y desarrollo de microempresas por parte de empresarios que inician su actividad, aprobada con modificaciones por la Ley núm. 301/2011, con posteriores modificaciones y adiciones, del GEO núm. 44/2008 sobre la realización de actividades económicas por personas físicas autorizadas, empresas individuales y empresas familiares, aprobada con modificaciones y adiciones por la Ley no. 182/2016", se especifica en el documento publicado.

Beneficiarios que pueden acogerse a las ayudas HoReCa - Códigos CAEN

Las subvenciones se conceden sobre la base de un contrato de financiación celebrado con las siguientes categorías de beneficiarios: empresas que realizan actividades autorizadas por agencias de viajes según los códigos CAEN Rev 2 7911, 7912, 7990, empresas que realizan actividades autorizadas por estructuras de recepción turística con funciones de alojamiento según los códigos CAEN Rev 2 5510, 5520, 5530, 5590, empresas que realizan actividades autorizadas de estructuras/unidades alimentarias, según los códigos CAEN Rev 2 5610, 5621, 5629, 5630, empresas que realizan actividades autorizadas de organización de eventos según CAEN código Rev 2 8230, así como empresas que llevan a cabo actividades autorizadas como guías turísticos según el código CAEN Rev 2 7990, empresas que están registradas a efectos fiscales en el territorio de Rumania.

Condiciones de las actividades subvencionables

Las actividades son elegibles si se llevan a cabo sobre la base de licencias turísticas emitidas por la autoridad pública central responsable del turismo para agencias de viajes, certificados de clasificación emitidos por la autoridad pública central responsable del turismo para estructuras de alojamiento, permisos de funcionamiento emitidos por las autoridades públicas locales. o certificados de clasificación emitidos por la autoridad pública central competente en materia de turismo para estructuras/unidades de restauración pública, autorizaciones emitidas por departamentos sanitario-veterinarios para unidades móviles de restauración pública, certificados de verificación emitidos por el Registro Mercantil Nacional para organizadores de eventos o guías turísticos Certificados expedidos por la autoridad pública central responsable en el ámbito del turismo.

Otras condiciones

Si una empresa tiene más de un lugar de trabajo (estructuras de alojamiento/establecimientos de alimentación/agencias de viajes), se comprobarán/cargarán los certificados/autorizaciones/licencias de clasificación para cada lugar de trabajo. El o los códigos CAEN Rev 2 para los que el solicitante solicita financiación deberán haber sido autorizados para el periodo correspondiente a la base de cálculo de este Plan, y en este sentido el solicitante cargará en la aplicación informática el certificado acreditativo con histórico.

Ministerio de Economía anunciará el plazo de inscripción

Además, el Ministerio de Economía deberá anunciar el plazo de inscripción. Los solicitantes tienen la obligación de seguir la información relacionada con el esquema publicada en el sitio web de MEAT durante todo el período de implementación (registro, verificación, aclaraciones, firma del contrato, realización de pagos, seguimiento), así como en la cuenta creada al registrarse.
La inscripción en el Programa, la creación de un perfil, un usuario, una contraseña y la cumplimentación del formulario de solicitud para obtener financiación se realizarán en línea, "mediante el enlace http://www.granturi.imm.gov.ro", según el funcionario. procedimiento (atención: en este punto, de hecho, se puede acceder al enlace sin www. – allí. Se trata del antiguo portal de subvenciones para pymes, inaugurado el año pasado: https://granturi.imm.gov.ro/auth/login).

El 29 de junio se puso en marcha la inscripción en el régimen de ayudas estatales a las empresas HORECA afectadas por el COVID. Aquí encontrarás todos los detalles.

Las inscripciones se realizarán en dos etapas diferenciadas

La inscripción al Plan se realizará en dos etapas diferenciadas:
Etapa 1 para crear un perfil, usuario y contraseña, donde los solicitantes registrarán con firma electrónica tanto los datos del representante legal/persona autorizada como los datos de la empresa elegible. Beneficiarios que ya tengan perfiles creados para la ayuda COVID-19 con base en el GEO núm. 130/2020 podrán utilizar ese perfil dentro del esquema HoReCa.
Etapa 2 de registro dentro del Esquema, en el cual los solicitantes, con perfil, usuario y contraseña generados en la primera etapa, completarán el formulario de registro electrónico. También en esta etapa, los beneficiarios cargarán el informe de pericia contable extrajudicial, firmado electrónicamente por el perito contable, o el informe de auditoría (de seguros), firmado electrónicamente por el auditor financiero.

Periodo de mantenimiento de actividad obligatorio

Según la ley, los beneficiarios del régimen de ayudas estatales tienen la obligación de mantener la actividad para la que obtuvieron financiación durante al menos 6 meses o 12 meses a partir de la fecha del primer pago, si el importe de la subvención es superior al equivalente. en lei de la suma de 200.000 euros, si no se establecen restricciones por actos normativos para imponer la suspensión o interrupción de la actividad comercial. El período de suspensión o interrupción de la actividad comercial no se tiene en cuenta para determinar el plazo de 6 meses, respectivamente 12 meses a partir de la fecha del primer pago.

Los beneficiarios deberán realizar informes para acceder a las ayudas

El Ministerio de Economía ha anunciado que los solicitantes deberán certificar su base de cálculo de las ayudas ante un contable o auditor financiero. Según la Ordenanza de Emergencia núm. 224/2020, la base de cálculo de la ayuda deberá ser certificada y asumida por un perito contable o una empresa de peritaje contable, miembros de CECCAR, seleccionados y remunerados por el solicitante. A su elección, la base de cálculo puede ser certificada por un auditor financiero o una sociedad de auditoría, miembros de la Cámara Rumana de Auditores Financieros, seleccionados y remunerados por el solicitante.
En estas condiciones, el Ministerio de Economía hace un llamado a los potenciales beneficiarios a elaborar oportunamente el informe de peritaje contable, elaborado de acuerdo con las normas CECCAR - Norma Profesional no. 35 "Experiencia en contabilidad" o, en su caso, del informe de auditoría, elaborado según ISRS 4400 “Encontramientos basados ​​en procedimientos acordados”.

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